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| Presentación | Bases | Procedimiento | Formulario |
BasesPrimero. Convocatoria La presente convocatoria tiene por objeto apoyar la movilidad entre los creadores y profesionales de la cultura que faciliten la formación, el intercambio, y la cooperación en el espacio iberoamericano. Para ello se concederán ayudas que permitan su estancia en instituciones de otros países para contribuir al conocimiento mutuo y el trabajo conjunto así como el desarrollo de nuevas capacidades. Asimismo, podrán participar en esta convocatoria todas aquellas personas físicas de cualquier nacionalidad iberoamericana * que vayan a realizar actividades encaminadas a la producción de proyectos culturales tanto desde instituciones públicas como privadas. Segundo. Finalidad
Tercero. Beneficiarios Personas físicas: Haber cumplido la mayoría de edad. Cada una de las personas que las integran deberán reunir los requisitos que según el caso determina este precepto siempre que aporten la documentación requerida en la presente convocatoria. Los beneficiarios, por el solo hecho de solicitar estas ayudas, se comprometen a aceptar el contenido de esta convocatoria y el resultado de la misma, así como la obligación de realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda, sin que quepa cambio ni modificación alguna del objeto o de la finalidad para la que se concedió. En cualquier caso, toda incidencia que suponga modificación del programa inicial de la actividad o actividades deberá estar autorizada por la OEI Los beneficiarios deberán aceptar la ayuda concedida mediante carta de aceptación a la dirección y plazo que les sean indicados. Los beneficiarios quedan obligados a someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento y evaluación que efectúe el órgano concedente. Presentación de solicitudes Las solicitudes se realizarán a través de la pagina web www.oei.es/movilidad donde se deberá cumplimentar, en idioma español o portugués de forma completa y verídica todas las informaciones y documentos solicitados. El plazo de presentación de solicitudes será desde el día 1 de octubre de 2009 al 10 de enero de 2010. Documentación y subsanación de errores Los solicitantes deberán adjuntar los documentos que a continuación se detallan, en idioma español o portugués.
Si la solicitud no reuniera los requisitos anteriormente citados o estuviera incompleta, no se admitirá. Sin perjuicio de lo anterior, en cualquier momento a lo largo del procedimiento podrá instarse a la persona solicitante para que cumplimente cualquier otro requisito o trámite omitido, a partir de la notificación, con expreso apercibimiento de que, de no hacerlo así, se le podrá declarar decaído en su derecho a la tramitación de la solicitud. La comprobación de la existencia de datos no ajustados a la realidad, tanto en la solicitud como en la memoria, podrá comportar la denegación de la ayuda solicitada. Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Cuba, Chile, República Dominicana, Ecuador, El Salvador, España, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal, Uruguay y Venezuela. |
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