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Instrucción del procedimiento

La concesión de las ayudas se efectúa mediante un régimen de concurrencia competitiva. Garantizando en todo caso el apoyo de dos proyectos por país. Siempre que estos cumplan los estandares minímos de calidad fijados por el comité evaluador.

El órgano competente para la instrucción del procedimiento es el Comité Técnico y le corresponde realizar las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de Resolución. Será designado por la OEI:  Y estará presidido por el Secretario General de la OEI, que nombrará un vicepresidente y tres vocales que emitirán un informe en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada y una relación de las solicitudes

El Comité Técnico podrá recabar la asistencia de instituciones o expertos en estos ámbitos que no podrán hallarse vinculados a los beneficiarios de las ayudas.

Criterios objetivos de valoración

El Comité Técnico  realizará la evaluación de las solicitudes presentadas atendiendo a:

  • La adecuación de la actividad proyectada al logro de las finalidades previstas en la convocatoria. (Hasta 2 puntos).
  • Calidad, viabilidad e innovación del proyecto o actividad. (1 punto) ).
  • La Incidencia en la creación de redes estables de colaboración (1 punto)
  • El desarrollo de proyectos enmarcados dentro de alguno de los 12 ámbitos de aplicación de la Carta Cultural Iberoamericana. ( 1 puntos)
  • La necesidad de movilidad del proyecto presentado. (hasta 1 puntos).
  • El desarrollo de proyectos  en zonas de exclusión social, en la periferia de las grandes ciudades o en poblaciones alejadas de los grandes núcleos urbanos (Hasta 2 puntos).

Resolución del procedimiento

El órgano competente para la resolución del procedimiento, con la consiguiente concesión o denegación de las ayudas, es la OEI.

Las resoluciones serán motivadas  se dictarán y serán publicadas en el plazo máximo de tres meses, contados desde la fecha del lanzamiento de la presente resolución de convocatoria.

El importe de la  ayuda  tendrá un mínimo para bolsa de viaje al que además se añadirá una ayuda para el desarrollo del proyecto que será obligatoriamente justificada según  Los requerimientos administrativos se adjuntaran en la convocatoria  se fijará con arreglo al presupuesto y documentación aportados por el solicitante, a las disponibilidades presupuestarias.  

La cuantía concedida sólo será aplicable a los gastos generados por la realización de las actividades que fundamentan la subvención,

Las subvenciones reguladas en esta convocatoria serán compatibles con otras ayudas que tengan la misma finalidad, siempre que el importe de la subvención, en ningún caso sea de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas, supere el coste de la actividad subvencionada.

Pago

Las ayudas concedidas serán para el financiamiento del viaje, dietas y otros gastos contemplados en la justificación administrativa que se anexa a la convocatoria.

El pago de las ayudas se realizará mediante transferencia bancaria, previa recepción de una carta de aceptación por parte del beneficiario, quedando desde ese momento sometido el beneficiario a los plazos, formas de justificación y obligaciones  que se establecen en esta Resolución.

Se abonará el 70 % del importe de la ayuda al comienzo del proyecto y el 30% restante a su finalización, una vez presentada la memoria explicativa del mismo.

El billete de avión será proporcionado por la OEI que también dará 150 dólares para gastos excepcionales y pagará un seguro de viaje a cada uno de los beneficiarios delas ayudas.

Justificación

Dentro de los tres meses siguientes a la finalización de las actividades subvencionadas, el beneficiario deberá justificar que la ayuda se aplica a la concreta actividad o proyecto para la que se concede, a cuyos efectos deberá presentar una memoria explicativa, en idioma español o portugués que acredite y exponga el cumplimiento de la finalidad para la que la ayuda fue concedida y de las condiciones impuestas, en su caso, con motivo de la concesión.

De no ser presentada esta memoria, según modelo proporcionado por la OEI, no se realizará el segundo pago del 30% de la ayuda.

 

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