El 26 de enero de 2009, el ministro de Educación, Raúl Vallejo Corral, firmó el Acuerdo Ministerial 0025, que regula la implementación del Sistema Nacional de Evaluación y Rendición de Cuentas de la Educación. El documento precisa los fines del Sistema y las características de la evaluación que debe aplicarse a estudiantes, maestros, autoridades y currículos. Se establece la obligatoriedad de la evaluación docente y sus alcances.
La evaluación obligatoria de docentes deberá producirse para el periodo 2009-2010, una vez que culmine la evaluación voluntaria que como experiencia piloto se aplica para 2008-2009. A finales de este año se comenzará evaluando el 25 por ciento del universo de maestros fiscales ecuatorianos, y en los tres años siguientes se completará la evaluación de la totalidad del magisterio.
Los docentes mejor calificados (con el 80 por ciento de la nota o más) recibirán estímulos económicos, y becas y pasantías. Quienes obtengan calificaciones de entre el 60 y el 79 por ciento de la nota recibirán capacitación específica en función de las necesidades que se detecten, y se los volverá a evaluar en dos años. Quienes obtengan una calificación insatisfactoria (menos del 60 por ciento de la nota) deberán capacitarse intensivamente, y volverán a ser evaluados en un año; si en la nueva evaluación otra vez obtienen una calificación insuficiente, serán separados del magisterio, conforme lo dispuesto en el Art. 38 de la Ley de Carrera Docente y Escalafón del Magisterio Nacional.
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28 de enero de 2009 |