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Nota preliminar: los aportes recibidos son publicados en este espacio siendo la responsabilidad de sus contenidos de sus autores. La OEI hace expresa mención de que su publicación no implica compartir las opiniones e informaciones que contienen estos aportes.
Aportación: Miguel Ángel García
(España)
Título: ¿Hay intimidad en el tercer entorno?
Javier Echeverría en su interpretación del espacio derivado de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación, el tercer entorno, nos señala la importancia de la creación de una democracia en ese ámbito.
Una democracia es consustancial con unos derechos individuales, entre los cuales se encuentra el derecho a la intimidad.
Noticias como las que están hablando de la linterna mágica apuntan a una violación de este derecho. En realidad es como si en el segundo entorno del que habla Javier Echeverría nuestras casa y edificios no sólo carecieran de paredes que nos aíslen de las miradas indiscretas, sino que esa no existencia de paredes estuviera ignorada por nosotros.
Es claro que las tecnologías pueden tener un buen uso, pero al mismo tiempo pueden tener un mal uso, la tecnología no es sí misma ni buena ni mala, es su uso el que pueda ser el adeudado o no.
En ese sentido, me parece que el primer derecho que debe estar respetado en este espacio es el de la información, no en vano la información es el fundamento de esta nueva sociedad, y estar informados acerca de hasta que punto lo que hacemos en el espacio virtual es íntimo o es público es imprescindible, además obviamente creo que el derecho a la intimidad debe ser garantizado por la autoridades judiciales, que deben ser la únicas, como en el segundo entorno que deben autorizar una vigilancia de los movimientos en los espacios privados.
Cuando alguien manda un correo electrónico espera que el destinatario y sólo el lo lean. Creo que una regulación en dos vías, de una parte en poder llegar a equilibrar los derechos a la intimidad y los derechos a la seguridad son necesarios, pero además debe ser una legislación universal toda vez que en este espacio no existen fronteras.
Me gustaría que este nuevo espacio lleno de virtudes, pero al mismo tiempo lleno de oscuridades propiciadas desde la propia tecnología cree una democracia basada en la participación pública y la justicia.
Espero que este aporte a esta bonita iniciativa que es la Revista CTS+I tenga otros puntos de vista.
Aportación: Revista CTS+I (España)
Título: Cuando un antivirus decide no detectar un troyano
Nota: Según Panda Software los "troyanos (también denominados caballos de Troya) no se pueden considerar virus ya que no se replican o no hacen copias de sí mismos. En realidad son programas que llegan a un ordenador de forma totalmente normal y no producen efectos realmente visibles o apreciables (por lo menos en ese momento)."
Jose Luis Lopez de Videosoft de Uruguay ha publicado la siguiente nota en VSantivirus No. 506 - Año 6 - Lunes 26 de noviembre de 2001. Su interés en lo que se refiere a la intimidad de los usuarios nos parece que es un interesante aporte.
En un reciente artículo, mencionábamos los proyectos del FBI, los que englobados en las nuevas leyes antiterroristas, llevaban a la creación de varias herramientas, entre ellas un troyano en principio llamado Magic Lantern (Linterna Mágica), el cuál podría enviarse a cualquier sospechoso, como un adjunto a un mensaje aparentemente inocente.
Linterna Mágica sería parte de un proyecto más complejo de vigilancia, llamado Cyber Knight (Caballero cibernético), el cuál incluiría una base de datos que permitiría al FBI cruzar información proveniente de e-mails, salas de chat, mensajeros instantáneos tipo ICQ y llamadas telefónicas por Internet.
En ese artículo, nos hacíamos partícipes de la opinión de muchos especialistas, respecto a que un troyano de este tipo sería fácilmente detectado por un antivirus decente.
Y esto es cierto, salvo por un detalle, que el antivirus QUIERA detectarlo.
Esta situación ya no es una teoría. Algunos fabricantes de antivirus, ya han declarado que no actualizarían sus productos para identificar este software del FBI. En concreto, se habla de declaraciones de Network Associates (McAfee), respecto a que no incluirían el troyano Magic Lantern en su base de datos. Y es probable que otros fabricantes actúen igual. Todo puede depender de sus intereses económicos y de sus ventas en los Estados Unidos, un mercado bastante apetecible.
Por otra parte, no debemos olvidar que en el pasado se dieron situaciones parecidas. Por ejemplo, en mayo de 2000, circuló la noticia de que, también Network Associates, había decidido no detectar más al troyano NetBus como tal, porque sus creadores lo definían como una herramienta, no como un caballo de Troya.
La situación entabló una corta pero dura polémica, y enfrentó a otros fabricantes de antivirus, hasta que Network Associates desmintió estas declaraciones.
Ahora, puede suceder algo similar, aunque sea bajo situaciones diferentes (involucra la seguridad nacional de un país, pero nos afecta a todos).
Pueden plantearse varias situaciones obvias. Una, que los otros fabricantes sigan el mismo ejemplo. Otra, que al menos algunos decidan no hacerlo. No hay razón para pensar que actúen de común acuerdo. Por el contrario, podría ser un factor de competencia que muchos podrían no querer dejar pasar. A no ser claro, que recibieran "presiones" del gobierno norteamericano.
Si algo de ello ocurriera, deberíamos plantearnos ciertas cuestiones muy importantes.
¿No estaríamos sacrificando nuestra propia seguridad, utilizando un producto antivirus que decidiera no detectar un virus?.
Porque nadie nos podrá asegurar que los agujeros de seguridad, o vulnerabilidades que utilizara un troyano como el Magic Lantern para ejecutarse en una máquina (que podría ser la nuestra, sin necesidad de considerarnos terroristas), pudieran ser utilizados por otras amenazas que el software antivirus en el que confiamos, ni siquiera nos alertaría.
Sin duda, de todo esto surgen varias preguntas, por ejemplo, si es correcto o no que un gobierno coloque un espía en nuestra computadora, aún cuando fuera para protegernos de un posible ataque terrorista.
Aportación: Revista CTS+I
Título: Tres espacios ligüísticos (lusófono,
hispánico y francófono)
Reproducimos la nota de prensa de cierre del I Coloquio (marzo de 2000).
Reunidas por primera vez en Paris en ocasión del Día Internacional de la Francofonía, las cinco organizaciones de los mundos lusófono, hispánico y francófono clausuraron esta tarde las dos jornadas de trabajo del coloquio inaugurado ayer en la Sorbona en presencia de los Presidentes de las Repúblicas de Mozambique, Ecuador y Francia.
Este primer encuentro entre la Organización de Estados Iberoamericanos, la Comunidad de Países de Lengua Portuguesa, el Secretariado General de Cooperación Iberoamericana, la Unión Latina y la Organización Internacional de la Francofonía permitió abrir un diálogo entre estos tres espacios lingüísticos. Más de cien participantes provenientes del ámbito universitario, el sector privado, la sociedad civil, etc., debatieron tres temas: multiculturalismo e identidad, cultura y economía, sociedad del conocimiento y nuevas tecnhologias. Todos reconocieron la pertinencia de tal iniciativa en el contexto mundial actual y alentaron a las instituciones a profundizar la cooperación y a desarrollar acciones en común.
Los trabajos dieron lugar a numerosas recomendaciones, entre las cuales se pueden citar:
- La creación de contenidos que respondan a las exigencias concretas
de mejoramiento de la calidad de vida de las personas en todas sus dimensiones
social, económica y cultural;
- La elaboración de un instrumento internacional de protección y
promoción de la diversidad cultural;
- La creación de un grupo de trabajo común a los tres espacios
para continuar la reflexión, especialmente con vistas a los
próximos eventos programados (III Conferencia ministerial sobre la
cultura, IX cumbre de la Francofonía, Barcelona 2004, la Cumbre
Iberoamericana);
- La creación de comunidades virtuales multilingües como mecanismo
de participación democrática y que garantice la
implicación de la sociedad civil en todos los mecanismos de toma de
decisiones;
Con el fin de continuar el diálogo y hallar un mecanismo de coordinación para el seguimiento del trabajo iniciado, los cinco secretarios generales han previsto reunirse en Roma el 28 de mayo próximo, en ocasión de la celebración del Día de la Latinidad. El objetivo de esta primera reunión consultiva será definir los ejes de una cooperación transversal entre los diferentes países representados.
Frente a las nuevas perspectivas de la vida internacional, las cinco organizaciones dan testimonio así de su voluntad de ejercer todo su peso político, económico y cultural en este universo en transformación. Ellas solas reúnen 79 Estados y gobiernos y representan 1200 millones de hombres y mujeres de los cinco continentes.
Más información: discursos y ponencias.
Aportación: Aportación: Jorge Santos
Corona (Ingeniero, España)
Título: La regularización de Internet y sus equilibrios
La necesidad de regular los contenidos de Internet frente a otra necesaria libertad de acceso y creación es un tema importante, Neil Barret, en su obra El estado de cibernación lo aborda y en el siguiente párrafo que reproducimos
Tomado de El estado de la cibernación
Neil Barrett
Una serie de características básicas de la tecnología ha formado el punto central de las preocupaciones y los esfuerzos por establecer marcos de trabajos legales y reglamentados para Internet. Quienes buscaban el establecimiento de estos marcos están unidos por consideraciones de jurisdicción y de responsabilidad; los que buscan explotar Internet tanto con intenciones legítimas como ilegítimas- no se ven restringidos del mismo modo. Internet transciende las mundanas limitaciones de la geografía y esto constituye, al mismo tiempo, su ventaja y la amenaza que supone para las autoridades. En muchas formas, ésta es también una amenaza con las que se enfrenta la propia Internet; o mejor dicho, los usuarios de Internet.
Sin la introducción de una reglamentación bien dirigida y un marco dentro del cual pueda ser explicada comercialmente, Internet no sobrevivirá. A medida que han sido retiradas las diversas financiaciones gubernamentales, ha pasado a convertirse en un territorio de los negocios: de los que ofrecen servicios de conexión, de los que buscan publicar material y de los que quieren anunciarse y comerciar. Si este dominio, si este ambiente se contamina por la pornografía incontrolada e incontrolable, por comerciantes fraudulentos y la percepción de la existencia de riesgos, las empresas comerciales que ahora financian Internet acabarán también por retirar su dinero.
Internet es un experimento único e interesante. Tiene capacidad potencial de influir en nuestras vidas y en nuestra sociedad, pero al mismo tiempo constituye también una nueva frontera ignorada. Y lo mismo que muchas fronteras con anterioridad, es el hogar de lo admirable y de lo ofensivo, del heroísmo y de la delincuencia: de un sistema vigilante de autorregulación de aquellas cosas que puedan delinquir contra netiquette, de usuarios dispuestos a hacerlo todo para ayudar los esfuerzos de investigación y de responder a las ingenuas preguntas de los novatos, de usuarios que defienden lo indefendible y buscan subvertir los legítimos esfuerzos de los partidarios de la regulación, y de un tesoro de recursos de la información que supera al de las bibliotecas más completas. El establecimiento de controles efectivos que permitan que Internet sea utilizada provechosamente en todos los sentidos de la palabra- sin imponer excesivas restricciones, es uno de los mayores desafíos con los que nos enfrentamos actualmente.
Aportación: Revista CTS+I
Título: ¿Carta Blanca para espiar a los trabajadores?
Incorporamos los resúmenes de algunas ponencias presentadas en el
Seminario "Poder informático e intimidad: límites
jurídico-laborales y penales al control empresarial" .
El artículo completo se encuentra en el Sitio de la UOC.
Perspectivas inglesas sobre poder informático e intimidad
Mark Jeffery
Profesor de los Estudios de Derecho y Ciencias Políticas de la UOC
Resumen:
La reciente legislación británica sobre interceptación de
las comunicaciones en el ámbito laboral ha dado pie a la controversia y
ha suscitado comentarios en todo el mundo. En este trabajo se estudia dicha
regulación con detalle, analizando los presupuestos de la normativa y
subrayando cómo la legislación en materia de privacidad e
interceptación de las comunicaciones ha estado sometida a
múltiples cambios -no siempre homogéneos- en los últimos
años, observando la influencia de grupos de presión en el
contenido y ámbito de la nueva normativa. De ahí que el trabajo
concluya afirmando la necesidad de que los Tribunales clarifiquen la nueva
legislación; pero incluso si el resultado de dicha clarificación
significa una mayor capacidad de los empresarios británicos para
interceptar las comunicaciones de sus empleados, continúa siendo
discutible hasta qué punto la normativa inglesa estaría
simplemente permitiendo de iure lo que de facto es una práctica global
alrededor del mundo.
Documento completo
http://www.uoc.es/web/esp/art/uoc/0109042/jeffery.html
El uso del e-mail por los trabajadores y las facultades de control del
empleador
Javier Thibault Aranda
Profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de
Barcelona.
Resumen: La generalización de la informática y los flujos
de información son factores que hacen cada vez más imprescindible
contar con una adecuada red de comunicaciones interna y externa en la empresa.
Estadísticamente, los medios telemáticos puestos a
disposición del empleado son utilizados por éste también
para finalidades ajenas al puesto desempeñado. El correo
electrónico es una herramienta de trabajo propiedad de la empresa, y
ello significa que ésta tiene pleno poder de disposición a la
hora de concretar las condiciones de uso del mismo. Resulta pues a todas luces
evidente que de existir un uso fraudulento o abusivo del correo
electrónico nos hallaremos ante un ilícito laboral. Ante esta
perspectiva, deben analizarse las condiciones en las que el empresario se
encuentra legitimado para la monitorización del contenido de las
telecomunicaciones establecidas con los medios de la empresa por sus
trabajadores.
http://www.uoc.es/web/esp/art/uoc/0109040/thibault.html
Aportación: Revista CTS+I
Título: Teletrabajo: criterios para su implantación
Reproducimos la siguiente Notas técnica de Prevención del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de España.
Autores: Jesús Pérez Bilbao Ldo. en Psicología Diplomado en Derecho, Tomás Sancho Figueroa Ldo. en Psicología Maestro Industrial Eléctrico y Clotilde Nogareda Cuixart Licenciada en Psicología
La presente NTP aborda la cuestión del teletrabajo, ofreciendo un marco conceptual del mismo, así como recomendacíones sobre las fases que deberían seguirse para su implantación. Como complemento se indican los aspectos a los que ha de prestarse especial atención así como los beneficios y problemas que de la implantación del teletrabajo pueden derivarse. Se cierra la NTP con la sugerencia de la elaboración de un "documento de teletrabajo" entre las partes implicadas, que recoja las especificidades y condiciones de la nueva situación.
Introducción
El concepto de teletrabajo está íntimamente relacionado con aspectos como las posibilidades de las tecnologías de la información, nuevas concepciones de organizasocial y laboral, pautas nuevas de gestión (descentralización frente a centralización), etc. El teletrabajo ha sido objeto de consideraciones bien distintas, pudiéndose encontrar defensores radicales del mismo (para quienes el teletrabajo sería fuente de importantes beneficios económicos y personales) y posiciones críticas que ven en el teletrabajo un importante medio de explotación de los trabajadores.
Esta Nota Técnica de Prevención se centrará, de entre las distintas posibilidades de teletrabajo, en el realizado en el domicilio del trabajador y pretende ir identificando aquellos aspectos que han de ser considerados en la implantación de un sistema de teletrabajo.
¿ Qué es el teletrabajo
Si bien existe un concepto común sobre lo que es el teletrabajo, es difícil encontrar una definición que satisfaga a todos. El problema radica en dar una definición a un concepto relativamente nuevo, que sigue conformándose en cada momento (en cuanto depende de las posibilidades de las tecnologías de las comunicaciones y de la incorporación de éstas a la organización del trabajo) y que no está claro cómo evolucionará y cuál será su impacto final sobre aspectos muy diversos (mundo laboral, social, familiar).
Existe acuerdo generalizado sobre tres elementos básicos que contribuyen a delimitar el concepto de teletrabajo:
En este sentido, puede decirse que el teletrabajo consiste en el desarrollo de una actividad laboral remunerada, para la que se utiliza, como herramienta básica de trabajo, las tecnologías de la información y telecomunicación y en el que no existe una presencia permanente ni en el lugar físico de trabajo de la empresa que ofrece los bienes o servicios ni en la empresa que demanda tales bienes o servicios.
De acorde con esta definición las posibilidades de teletrabajar son muchas y variadas; establecer el lugar físico de trabajo en el domicilio particular, acudir a centros compartidos que ofrezcan tecnologías de telecomunicaciones (telecottages), el personal nómada de una empresa (red comercial), etc.
El teletrabajo altera una importante cantidad de aspectos de la vida laboral, familiar y cotidiana e introduce novedades en los modos tradicionales de gestión y organización del trabajo. La puesta en marcha de una forma de trabajar que necesariamente supone un cambio importante en cuestiones tan arraigadas, exige una adecuada planificación y diseño de su implantación.
Implantación del teletrabajo
Moorcroft, S. y Bennett, V. recomiendan seguir seis fases en orden a la consecución de una eficaz implantación del teletrabajo:
Estudio de viabilidad
En esta fase se han de plantear como objetivos los siguientes:
Desarrollo de nuevos criterios de selección y procedimientos
En esta fase han de quedar bien definidos los aspectos siguientes:
Reclutamiento de teletrabajadores
El planteamiento más deseable es el de la opción voluntaria por el teletrabajo. Sin embargo, aun supuesta la voluntariedad, no todo trabajo es adecuado para ser desarrollado a través de teletrabajo, ni todo trabajador reúne las condiciones para teletrabajar, ni todo mando o gestor está preparado para desarrollar sus tareas habituales en el marco del trabajo a distancia. Por ello, se han de investigar a fondo los siguientes aspectos;
Con estos datos debe ser posible formar un grupo piloto de teletrabajadores y un esquema de puesta en marcha de programa de prueba.
Puesta en marcha del proyecto piloto
Una vez determinados quienes serán los participantes es preciso prepararlos y equiparlos adecuadamente. La formación, el entrenamiento y la concienciación son en esta fase aspectos muy importantes. Como resultado de las fases anteriores se tendrá una información bastante precisa de las carencias y necesidades detectadas. La preparación y formación debe atender a esas carencias y cubrir los siguientes aspectos:
Evaluación del programa piloto
La evaluación no ha de dejarse exclusivamente para la finalización de la fase piloto sino que debe ser también paralela al desarrollo del programa. Algunos de los aspectos que han de ser considerados en esta fase son los siguientes:
Implantación formal
Es conveniente que los resultados de las fases anteriores (criterios de selección, procedimientos, guías de acción...) queden incorporados y reflejados en los documentos oficiales de la empresa en cuanto que es probable que muchas de las técnicas desarrolladas específicamente para el teletrabajo puedan ser usadas como referencia para nuevos procedimientos de trabajo.
Cuestiones a tener en cuenta
Se ha comentado anteriormente que no todo trabajador es el idóneo para teletrabajar, ni todo mando para dirigirlo y gestionar teletrabajadores ni cualquier tipo de trabajo se presta a ser desarrollado eficazmente a través del teletrabajo. El trabajador fuera del control directo de los superiores, la necesaria implantación de una dirección por objetivos, el nuevo tipo de relaciones jefes-subordinados, el uso intensivo de las tecnologías de las comunicaciones demanda que todos los elementos implicados en el teletrabajo reúnan ciertas características.
a) Características relacionadas con la tarea
Dado que estas características pueden presentarse en mayor o menor grado, es posible estudiar la posibilidad de planificar el tiempo de teletrabajo en función de las características de la tarea. En algunos casos será posible teletrabajar todos los días; en otros será necesario acudir al lugar habitual de trabajo algunos días (por ejemplo, por necesidad de contactos personales, reuniones, localización de información no accesible informáticamente...).
b) Características del teletrabajador
Elegir a los teletrabajadores más adecuados constituye una de las fases más importantes. Los criterios que han de manejarse han de combinar las características personales de los posibles teletrabajadores, sus actitudes y capacidades con relación al desarrollo del trabajo y sus circunstancias personales. Es decir, no sólo es preciso saber realizar el trabajo, sino tener un entorno familiar que permita realizarlo y, como señala Molina, ser autodisciplinado tanto para trabajar como para dejar de hacerlo.
Características de mandos y gestores
Para los mandos y gestores el teletrabajo supone un importante cambio en el modo tradicional de ejercer sus funciones de supervisión y dirección; dejan de tener un control directo sobre sus subordinados, lo cual les obliga a diseñar nuevos sistemas de control, a desarrollar sistemas de comunicación muy formalizados con sus empleados, etc. Son características que deben reunir los mandos:
Ventajas y desventajas
Las experiencias de teletrabajo en distintas empresas y paises vienen a coincidir en identificar una serie de aspectos que se constituyen como ventajas del teletrabajo y otros como inconvenientes o problemas que se derivan de esta nueva organización del trabajo y que exigen sean considerados a fin de paliarlos en la medida de lo posible.
Ventajas
Para el trabajador
Para la empresa
Inconvenientes y problemas
Para el trabajador
Para la empresa
Documento de teletrabajo
Dado que el teletrabajo incorpora modificaciones a la organización habitual del trabajo y que es fuente de una serie de problemas específicos es recomendable que la negociación y establecimiento de las condiciones en que se va a enmarcar las relaciones de teletrabajo queden recogidas en un documento que sea complementario del contrato normal de trabajo. Si bien no existe obligación legal de realizar tal documento, su conveniencia viene dada por la necesidad de clarificar y especificar detalladamente aquellas áreas del trabajo que se van a ver modificadas.
Del conjunto de las ideas recogidas en apartados anteriores pueden detectarse aquellas áreas o aspectos que, de manera particular y especial, han de ser negociados y recogidos en el documento que se propone; son aquellos aspectos que pueden ser fuentes particulares de conflictos. Las soluciones y condiciones finales en que se concrete cada aspecto dependerá de las partes negociadoras, del tipo de trabajo, de las características de la empresa y trabajador, etc.
Aspectos que es aconsejable contemplar en el documento complementario de la relación de teletrabajo:
Bibliografía
(1) DI MARTINO, V. y WIRTH, L. Teletrabajo; un nuevo modo de trabajo y de vida. Revista Internacional del Trabajo, vol. 109, nº 4, 1990.
(2) DG XIII-B Actions for stimulation of transborder telework and research cooperation in Europe European Commission, 1995.
(3) MOLINA, JOSE LUIS Implantar con éxito el teletrabajo en la empresa Alta Dirección, Octubre-Noviembre 1995.
(4) MOORCROFT, S. y BENNETT, V. European Guide to Teleworking European Foundation for the Improvement of Living Working Conditions, 1995.
(5) PEREZ-IÑIGO, C. y ORTIZ CHAPARRO, F. Teletrabajo y organización empresarial. BIT 92, Abril-Mayo 1995.
(6) SALINAS, J.M. El teletrabajo en la nueva sociedad global de la información. Boletín Fundesco, nº 164, 1995.
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